Huete declarado “zona catastrófica”: ¿cómo solicitar las ayudas?

El pasado lunes 18 de enero el alcalde de Huete, Francisco Javier Doménech, solicitaba mediante decreto la declaración del término municipal como zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil (zona catastrófica) a las diferentes administraciones, y mediante acuerdo del Consejo de Ministros del pasado 19 de enero se declararon los municipios de Castilla La Mancha que tuvieran daños por el temporal Filomena.

El Ayuntamiento de Huete realizará una valoración de daños y gastos ocasionados por el temporal para solicitar, antes del 20 de febrero, las ayudas al Estado para compensar la reparación efectuada en los bienes públicos de titularidad municipal.

Para particulares (personas físicas y jurídicas) así como negocios que hayan sido afectados, informamos sobre el procedimiento de cómo solicitar las ayudas para compensar los daños ocasionados.

En este resumen del Real Decreto que puedes descargarte en este enlace, se identifican claramente quién puede solicitar las ayudas, importe máximo, gastos subvencionables y procedimiento a seguir (hojas 2, 3, 4 y 7).

El plazo máximo para presentar las solicitudes es el 20 de febrero.

Dónde y cómo presentar las solicitudes:

  • Directamente ante la Subdelegación del Gobierno en Cuenca.
  • A través del Registro Electrónico Común de la AGE, con certificado digital, cumplimentando la solicitud, adjuntando los anexos, y poniendo en el órgano destinatario “subdelegación del gobierno en Cuenca”, y a continuación pinchar sobre S. Gral de la Subdelegación. Dirección web: https://sede.administracion.gob.es/PAG_Sede/ServiciosElectronicos/RegistroElectronicoComun.html
  • En la oficina de registro de la Oficina Comarcal Agraria (OCA) de Huete.
  • En la oficina de Correos, siempre haciéndole saber al trabajador/a de Correos el trámite del que se trata para que sellen la fecha en la primera hoja y lo envíen como certificado.
  • En los registros establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015.

Aquí dejamos enlace para descargar los anexos de presentación de solicitudes, que será uno uy otro dependiendo de quién lo presente y por qué tipo de daños:

Particulares (unidades familiares) que sufran daños en su vivienda o enseres: Anexo I.

Comunidades de propietarios (propiedad horizontal) si se diera algún caso: Anexo V.

Personas físicas o jurídicas titulares de establecimientos industriales, comerciales o de servicios (negocios): Anexo VI.

También dejamos para su descarga el Anexo de información bancaria que hay que presentar para que, en caso de ser beneficiario de la subvención, se hagan efectivos los abonos. Es una ficha de terceros y se debe presentar junto con la solicitud.

Es importante, incluso necesario en algunos casos, que los particulares hayan dado trámite a sus respectivos seguros.

Notas a tener en cuenta:

– Las solicitudes por daños en agricultura y/o ganadería serán objeto de una convocatoria posterior, que entendemos se publicará próximamente.

– Para la reclamación de daños en naves, es necesario que se cuente con un seguro. No es necesario el seguro en caso de daños en vivienda habitual.

El marco normativo viene determinado por el artículo 24 de la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil, además de por el Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo, por el que se regulan las subvenciones en atención a determinadas necesidades derivadas de situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica, y se establece el procedimiento para su concesión.

Más información sobre el decreto de ayudas a la zona catastrófica del temporal Filomena

El Temporal Filomena causó muchos daños en Huete y pedanías
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